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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 13
CERVEZA, LEY DEL IMPUESTO SOBRE PRODUCCION Y CONSUMO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 13
Por la denominación de dicho ordenamiento y por lo que el mismo establece en sus artículos 1, 5 y 8, y en los correlativos del reglamento, se trata de un solo impuesto, fijado tomando en cuenta la producción y el consumo, ya que la fijación y distribución del monto de cada uno de esos actos requiere especial procedimiento, tendiente a cada una de sus finalidades.
Precedentes
Amparo en revisión 5091/59. "Cervecería Cuauhtémoc", S. A. 7 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.