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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 94
JUBILACION. GASTOS DE REPRESENTACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 94
Los gastos de representación no son parte integrante del sueldo que percibe un empleado público, ya que los mencionados gastos se conceden a éste con el fin de que pueda desempeñar el cargo en relación con el decoro personal del funcionario, por lo que cesando éste en el empleo, no existe razón alguna para que el Estado continúe proveyendo al funcionario de los fondos relativos, y no se justifica, por tanto, la exigencia de incluir en la jubilación los mencionados gastos.
Precedentes
Amparo en revisión 4949/59. Jesús Arizmendi Marquina. 20 de julio de 1960. Mayoría de tres votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.