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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267858
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 115
PEQUEÑA PROPIEDAD. CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Tercera Parte; Pág. 115
Comprendiéndose, entre los derechos que crea ese documento, el de que se oiga al beneficiado con él, en el procedimiento de ejecución de una resolución presidencial, en el cual puede ser desconocida la inafectabilidad aludida, procede otorgar el amparo para el único efecto de que, en respeto de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional, se dé oportunidad al titular del certificado de que se habla, de que defienda los demás derechos derivados de ese documento.
Precedentes
Amparo en revisión 1282/60. Irene Nieto Reséndiz. 7 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.