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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Tercera Parte; Pág. 58
PETICION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Tercera Parte; Pág. 58
Si hay necesidad de llenar o satisfacer determinadas exigencias previstas en el procedimiento administrativo para poder dictar el acuerdo que corresponda, en un sentido estricto de derecho, la responsable está obligada a realizar la tramitación correspondiente en el menor tiempo posible, con el fin de no perjudicar al solicitante en sus intereses, y al mismo tiempo a pedir al ocursante los elementos que estime necesarios para poder llegar a establecer si el mismo tiene o no derecho a obtener lo que pretende.
Precedentes
Amparo en revisión 1309/60. Rogelio Alvarez López. 8 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.