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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267912
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 10
CABARETS, CAFES CANTANTES Y SALONES DE BAILE. CLAUSURA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 10
Si el artículo 25 del Reglamento de Cafés Cantantes o Cabarets y Salones de Baile, establece la clausura de esos establecimientos como sanción para cuando se cancela una licencia, con mayor razón debe entenderse para cuando no existe la licencia respectiva.
Precedentes
Amparo en revisión 972/60. Luis Pérez Méndez. 4 de mayo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.