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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 10
CALIFICACIONES. RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 10
La reconsideración prevista en el artículo 197 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, debe aprovecharse cuantas veces se emitan nuevas calificaciones basadas en diversas pruebas de las obtenidas en la determinación anterior, y por lo mismo, antes de ocurrir al juicio fiscal, la parte agraviada debe agotar el medio de defensa antes señalado.
Precedentes
Amparo en revisión 6080/59. Guillermo Arroyo B. 4 de mayo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.