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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 62
UTILIDAD GRAVABLE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Tercera Parte; Pág. 62
Al tener que anularse una resolución impugnada por lo que se refiere a diversas deducciones que debieron admitirse, es claro que ello traía consigo la variación de la utilidad gravable para efectos del impuesto sobre utilidades excedentes en los ejercicios calificados.
Precedentes
Revisión fiscal 237/56. Productos de Maíz, S. A. 11 de mayo de 1960. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.