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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Tercera Parte; Pág. 21
AMPARO. ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Tercera Parte; Pág. 21
El amparo no puede invadir esfera de ejercicio de atribuciones administrativas, ni determinar las reformas técnicas de controlar el ejercicio de los derechos amparados. Si en ejercicio de esas atribuciones la autoridad administrativa se excede en el cumplimiento de una ejecutoria, ello no implica la expedición de un acto nuevo que pudiera originar distinto amparo; sino en todo caso algún posible exceso, cuya vía de combatirlo es la queja y no el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 2713/53. Cooperativa de Trabajadores de Autotransportes Mexico-Morelia, Guadalajara, S. C. L. 18 de abril de 1960. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.