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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 267952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Tercera Parte; Pág. 50
MEDIAS. PERMISOS PARA IMPORTACION DE FIBRAS, CUANDO SE INSTALAN MAS MAQUINAS EN LAS FABRICAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Tercera Parte; Pág. 50
No habiendo una empresa acreditado que hubiera obtenido el permiso respectivo para instalar las máquinas con que amplió su fábrica, es justificada la actuación de la Secretaría de Economía, al conceder permiso para importar tan sólo la cantidad de fibras correspondientes a las máquinas existentes antes de la ampliación, ya que, en los términos del artículo 6o. del decreto del 2 de diciembre de 1949, no podrán operar las fábricas que produzcan medias, ni tampoco ampliar o sustituir su maquinaria, sin el permiso de la Secretaría de Economía, la cual lo concederá una vez que se haya comprobado que la instalación, la ampliación o la sustitución, según el caso, se hicieron en los términos que la propia secretaría haya autorizado.
Precedentes
Amparo en revisión 3943/56. La Nueva Medalia, S. A. 27 de abril de 1960. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.