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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Tercera Parte; Pág. 44
PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL. AMPLIACION DE LA DEMANDA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Tercera Parte; Pág. 44
El artículo 180 del Código Fiscal de la Federación sólo concede en forma expresa al actor, el derecho de ampliar la demanda cuando llegue al conocimiento de los fundamentos de la resolución, hasta el momento en que la demanda sea constatada, lo que no puede interpretarse en el sentido de que también dé facultad a la autoridad para que, al rebatir los argumentos de la actora, invoque nuevas razones que justifiquen el acuerdo rebatido, por lo que, la causa de prescripción planteada por la autoridad demandada no podía ser introducida en el litigio, puesto que modificaría la litis, que queda planteada, en materia contencioso administrativa, con la resolución impugnada y con la demanda.
Precedentes
Revisión fiscal 324/58. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 6 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen XXVI, página 22. Revisión fiscal 40/59. Bebidas Mundiales, S. A. 6 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Nota: En el Volumen XXVI, página 22, esta tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA, AMPLIACION DE LA, EN MATERIA FISCAL.".