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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268209
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 65
MEDICINAS, PRECIO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 65
Si existía una situación jurídica consistente en la autorización dada mediante oficios, del aumento en los precios fijados a ciertos productos medicinales de una empresa, tal situación no podía desconocerse en perjuicio de la misma empresa, con arreglo al artículo 14 constitucional, sin respetar la garantía de audiencia.
Precedentes
Amparo en revisión 5435/58. Productos Gedeón Richter, S. A. 8 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.