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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 77
REVISION INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 77
Las autoridades dependientes de la Secretaría de Hacienda que sólo formulan y cobran una liquidación, tienen el carácter de autoridades ejecutoras, y, si la autoridad ordenadora no interpuso el recurso de revisión, el de las ejecutoras debe desecharse.
Precedentes
Amparo en revisión 1733/59. Petróleos Mexicanos. 30 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.