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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 17
INCONFORMIDAD.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 17
Cuando en la sentencia recurrida se aducen razonamientos tendientes a demostrar por qué no es operante el recurso de inconformidad, la parte afectada con dicha sentencia, al recurrirla, debe expresar argumentos tendientes a demostrar el error de aquellos razonamientos expuestos por el Juez a quo.
Precedentes
Amparo en revisión 5002/58. José Gómez Camacho. 17 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.