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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 23
MARCAS, SEMEJANZA O DESEMEJANZA DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 23
Cuando no se trata de que la Dirección de la Propiedad Industrial, de acuerdo con la facultad discrecional que le confiere el artículo 105, fracción IV, inciso c) de la Ley de la Propiedad Industrial, pudiera decidir sobre la semejanza o desemejanza de unas marcas, sino de que surgió a dicha dirección la duda sobre la semejanza de esas marcas, manifestada así sobre la solicitud de registro, no pudo posteriormente revocar el juicio subjetivo de duda que ya había externado, sino mediante los razonamientos de las dos partes interesadas en el negocio, y no sólo una de ellas, le adujeran.
Precedentes
Amparo en revisión 123/ 58. Myrurgia, S. A. 3 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Nota: En el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, página 634, la tesis aparece bajo el rubro "MARCAS, SEMEJANZA O DESEMEJANZA DE.".