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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Tercera Parte; Pág. 17
DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIII, Tercera Parte; Pág. 17
Puesto que la demanda de amparo es un todo, ha de examinarse en su integridad, y no es lícito ceñirse al capítulo denominado "actos reclamados". No sólo deben reputarse como tales los que se comprendan en la sección que lleva ese rubro, sino también aquéllos respecto de los cuales se expresan conceptos de violación.
Precedentes
Amparo en revisión 674/59. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 7 de mayo de 1959. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.