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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Tercera Parte; Pág. 47
MARCAS, IMITACION DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXII, Tercera Parte; Pág. 47
De ordinario, corresponde a la Secretaría de Economía resolver acerca de la existencia o inexistencia de imitación entre dos marcas, pero cuando la calificación es notoriamente inaceptable, porque los hechos son de tal manera objetivos que no pueden provocar duda racional alguna, es posible censurarla en el juicio de amparo, ya que, de otro modo, éste quedaría suprimido en forma absoluta, cualesquiera que fuesen las circunstancias en cada caso.
Precedentes
Amparo en revisión 3080/58. Santiago F. Pérez. 8 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Quinta Epoca:
Tomo XCV, página 664. Amparo en revisión 7173/46. Visk Chemical Inc. 23 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCV, página 38. Amparo en revisión 1299/47. "Winthrop products Inc". 5 de enero de 1948. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCIV, página 43. Amparo en revisión 6261/45. "Pelter de Liso, Inc". 3 de octubre de 1947. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCI, página 1434. Amparo en revisión 2985/43. The Coca Cola. 17 de febrero de 1947. Mayoría de tres votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.
Tomo LXXXIX, página 298. Amparo en revisión 8005/45. Productos Sol-Mex, S. A. 8 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo XCI, página 1434, esta tesis aparece bajo el rubro "MARCAS, NULIDAD DE.".