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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268348
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Tercera Parte; Pág. 69
PULQUERIAS. REQUISITOS PARA LAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Tercera Parte; Pág. 69
Es cierto que la garantía consignada en el artículo 8o. constitucional no dispensa a los particulares del deber de llenar las condiciones que para otorgar las licencias de funcionamiento de un expendio de pulque, exijan las disposiciones aplicables; pero si no se acredita que se haya puesto en conocimiento de la promovente la necesidad de cumplir ciertas condiciones reglamentarias, es inexacto que la tardanza en dar contestación a la solicitud se deba a culpa de la misma quejosa.
Precedentes
Amparo en revisión 6825/58. Raquel Galván viuda de Blancas. 5 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.