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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Tercera Parte; Pág. 61
PATENTES, INVASION DE DERECHOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Tercera Parte; Pág. 61
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Patentes y Marcas, las resoluciones que compete dictar a la Secretaría de Economía Nacional sobre invasión de los derechos que confiere una patente, se formularán desde un punto de vista técnico, y esto implica necesariamente una serie de consideraciones de carácter técnico, por virtud de las cuales se determinan las características tanto del artículo que proteje la patente invadida como del artículo invasor, para así estar en posibilidad de precisar si éste es igual, sustancialmente igual o semejante al que ampara la patente invadida, lo que sólo puede lograrse al través de un juicio comparativo que no debe limitarse a declarar lisa y llanamente la igualdad o semejanza, sino que debe señalar las particularidades de orden técnico que demuestran esas igualdades o semejanzas.
Precedentes
Amparo en revisión 2412/58. José Mogyoros. 4 de diciembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.