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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Tercera Parte; Pág. 10
CREDITOS FISCALES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Tercera Parte; Pág. 10
Si desde que se ordena la notificación de un crédito fiscal, las autoridades demandadas expresamente consideraron que tenía naturaleza fiscal, el desconocerle después el carácter con que nació dicho acto, colocaría en estado de indefensión al actor, puesto que resultaría extemporáneo el recurso ante la Junta Revisora de Multas.
Precedentes
Revisión fiscal 232/58. Ignacio Rivera Rosales. 19 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.