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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
268467
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Tercera Parte; Pág. 37

RECONSIDERACION FISCAL.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Tercera Parte; Pág. 37

Precedentes

Revisión fiscal 26/58. Pisos de Madera Alfer, S. A. 19 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XVI, página 94. Amparo en revisión 3714/58. Ignacio López Manrique. 13 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Nota: En el Volumen XVI, página 94, esta tesis aparece bajo el rubro "RECONSIDERACION FISCAL. ARTICULO 19 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, INTERPRETACION Y ALCANCE DE.".
Registro digital (IUS): 268467