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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 15
ACTOS RECLAMADOS, PRUEBA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 15
Aun cuando las responsables hayan negado los actos reclamados, si la ejecutora fue omisa en informar, no se opera respecto de ella la presunción establecida por el artículo 149 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 2955/58. Félix Gárate. 1 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.