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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 47
COMISION NACIONAL PARA LA MORALIZACION DEL AMBIENTE A. C.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 47
Una cosa es que su función tienda a moralizar las costumbres de nuestra sociedad y que su interés sea el de que tal moralización se realice en todo los ámbitos de nuestra vida social, y otra muy distinta la de que pueda estimar violadas las garantías constitucionales de sus miembros con actos que estime contrarios a su función específica de moralización; pues de confundirse ambas cosas se llegaría al extremo de que la Comisión Nacional para la Moralización del Ambiente A C., se convertiría en ente estatal dentro del Estado mismo, capaz de hacer nugatorias las funciones administrativas que éste tiene encomendadas.
Precedentes
Amparo en revisión 1173/58. Comisión Nacional para la Moralización del Ambiente, A. C. 22 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.