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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
268493
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 60

IMPORTACIONES PROVISIONALES, CUANDO ASUMEN EL CARACTER DE DEFINITIVAS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 60

Precedentes

Revisión fiscal 22/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 27 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Amparo en revisión 4164/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 13 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen XV, Tercera Parte, página 54, tesis de rubro "IMPORTACION TEMPORAL, PERMISOS DE.".
Registro digital (IUS): 268493