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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268505
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 92
PROFESIONISTAS PRACTICOS, FORMA DE REGULAR SU SITUACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 92
Es inexacto que la única forma de regular la situación de los profesionistas prácticos consista en cursar y aprobar los estudios correspondientes, en los términos del artículo 8o. de la ley de la materia, pues también cabe la regulación con arreglo a lo prevenido en el artículo 11, transitorio, de la propia Ley de Profesiones.
Precedentes
Amparo en revisión 7271/57. Isaac de la Concha Núñez y coagraviado. 30 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.