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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Tercera Parte; Pág. 32
AMPARO CONTRA UNA LEY, COMPETENCIA PARA CONOCER DE (REVISION).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Tercera Parte; Pág. 32
Cuando en la litis materia del recurso, no se trata el punto relativo a las constitucionalidad de la ley, la competencia para conocer y resolver dicho recurso radica en la Segunda Sala de la Suprema Corte, pues el Pleno de éste Alto Tribunal, limitativamente, la tiene cuando sí se combate la ley en la revisión.
Precedentes
Amparo en revisión 2500/58. Jardines del Sur del Pedregal de San Angel, S. A. 26 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.