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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268589
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 21
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS (RESOLUCIONES DE LAS).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 21
Admitir que con invocar la equidad han quedado estudiados y resueltos todos los aspectos jurídicos de una excepción en un juicio administrativo, para el cual existen disposiciones legales expresas a las que deben sujetarse las autoridades correspondientes, es hacer nugatorias dichas disposiciones.
Precedentes
Amparo en revisión 4557/56. L. & C. Hardtmuth, Inc. 13 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.