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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Tercera Parte; Pág. 85
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION (INCONSTITUCIONALIDAD DE UN REGLAMENTO).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Tercera Parte; Pág. 85
Debe sobreseerse en el amparo cuando concurren los requisitos de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo; sin que obste el hecho de que se impugne de inconstitucional un reglamento que, por su origen y finalidades, no se equipara a una ley.
Precedentes
Amparo en revisión 5131/54. Luz López de Arredondo. 10 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 6687/50. Alicia Sandomingo R. 29 de noviembre de 1957. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen V, página 199. Amparo en revisión 5188/55. Alicia Saleh Aguilar. 14 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Volumen IV, página 246. Amparo en revisión 3047/55. Manuel Pato Rodríguez. 10 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Volumen III, página 209. Amparo en revisión 3179/54. Agustín Pérez Zamudio. 13 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.