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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 14
DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE REVISION. CUANDO NO PROCEDE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 14
No puede tenerse por desistidos del recurso de revisión a los terceros perjudicados, cuando la proposición la hace el representante común, sin facultades para desistir de los juicios de garantías o de los recursos que establece la ley.
Precedentes
Amparo en revisión 6938/57. Guadalupe Cázares de Quiroz y coagraviados. 26 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.