Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/268721
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268721
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 101
PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO, REPOSICION DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 101
Obliga a reponer el procedimiento en el amparo, el hecho de que el Juez de Distrito desatienda sus propios acuerdos, celebrando la audiencia constitucional sin que haya constancia de que se hubiera entregado a la parte quejosa la prueba documental que debió entregar una de las autoridades responsables que fue requerida para ello.
Precedentes
Amparo en revisión 3971/57. Cooperativa de Producción Industrial de San Juan Atzacoaloya, S. C. L. 18 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.