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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 101
PULQUERIAS, CLAUSURA DE. TRASPASOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 101
Aunque el quejoso sea propietario de la pulquería, por traspaso, como la licencia no esta expedida a su nombre, la clausura que reclama no es violatoria de garantías, por ser notorio que, para el funcionamiento legal de todo comercio, se requiere, primordialmente, aun cuando medien tales o cuales requisitos, la existencia de la licencia correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión 7086/57 Alejandro Pacheco Lizurtegui. 19 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez