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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
268724
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 103

RECURSOS ORDINARIOS. NO DEBEN AGOTARSE CUANDO EN EL ACTO RECLAMADO NO SE DA EL FUNDAMENTO LEGAL.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Tercera Parte; Pág. 103

Precedentes

Amparo en revisión 3966/57. Carlos Martínez de la Vega. 13 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Registro digital (IUS): 268724