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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Tercera Parte; Pág. 22
DERECHOS AGRARIOS POR HERENCIA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Tercera Parte; Pág. 22
Cuando una persona reclama derechos agrarios sobre un solar, alegando ser heredero del titular originario, y se encuentra pendiente de resolución el juicio sobre privación de derechos de esa persona y de su causante, procede que, previamente a la expedición del certificado de derechos agrarios en favor de esa persona, se resuelve el juicio sobre privación de derechos agrarios respectivo.
Precedentes
Amparo en revisión 3412/57. María Guadalupe Islas Jiménez. 19 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.