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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Tercera Parte; Pág. 48
FIANZAS PENALES. SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD CONTRA EL REQUERIMIENTO DE PRESENTACION DEL FIADO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Tercera Parte; Pág. 48
Debe sobreseerse en el juicio de nulidad si se combate el requerimiento que el Juez Penal hizo a la afianzadora para que presentara a su fiado, por estarse en presencia de un acto derivado de otros consentidos, ya que la parte actora pudo promover los recursos procedentes en contra de tal requerimiento y del acuerdo que ordenó se hiciera efectiva la fianza, en los términos en que lo establece el artículo 101 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, lo que no hizo.
Precedentes
Revisión fiscal 321/57. Afianzadora Mexicana, S. A. 24 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.