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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 51
COPIAS CERTIFICADAS MUTILADAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 51
Si no aparecen autorizadas por nadie las copias certificadas que acompañaron las autoridades recurrentes a su informe justificado, es claro que con tales constancias no pudieron acreditar la constitucionalidad de los actos reclamados que se les imputan; pero como la ausencia de autorización en dichas copias, proviene de que se les mutilaron fojas antes de que el Juez de Distrito emitiera su fallo impugnado, cercenamiento ya advertido en otros negocios, debe darse vista al agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado de Distrito del conocimiento, a fin de que esclarezca esa situación.
Precedentes
Amparo en revisión 6086/57. Jesús Moreno Monsalvo y coagraviado. 27 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.