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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 51
COOPERATIVAS. EXCLUSION DE SOCIOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 51
Conforme al artículo 13 del reglamento de la Ley General de Sociedades Cooperativas, la calidad de miembro de una sociedad se pierde, entre otros motivos, por exclusión, pero para que pueda ser decretada ésta, debe cumplirse con todas y cada una de las disposiciones legales que rigen el caso, lo que no sucede cuando no se hace la convocatoria respectiva con la anticipación prevista en los artículos 22 y 23 de ese reglamento, la que debe ser oportunamente notificada al interesado, o cuando se omite darle a conocer el motivo o motivos de su acusación, y cuando no se le dan los datos, documentos o antecedentes de su exclusión.
Precedentes
Amparo en revisión 1556/56. Arcadio Hernández Falcón. 30 de enero de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Franco Carreño.