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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 52
EJIDOS. DESPOSEIMIENTO ILEGAL DE PARCELAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Tercera Parte; Pág. 52
El desposeimiento de la parcela de la quejosa por parte de las autoridades agrarias resulta arbitrario y, por ende, violatorio de garantías, ya que, en concordancia con firme y constante jurisprudencia, las autoridades administrativas carecen de facultades para privar de sus posesiones y derechos a los particulares, lo cual corresponde a la autoridad judicial.
Precedentes
Amparo en revisión 5005/57. María García de Pérez. 22 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.