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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 82
POLICIA FISCAL. DEBE FUNDAR SUS INFORMES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 82
Para que tengan valor probatorio pleno los informes de la Policía Fiscal, se requiere que sean motivados y fundados, y si en uno de ellos se indica solamente que las viviendas de la casa de la quejosa se encuentran rentadas, quienes las ocupan, el precio de la renta y el tiempo de ocupación, es de concluirse que a tal informe falta mencionar el medio de que se valió el investigador para asentar lo anterior, y que no se encuentra fundado.
Precedentes
Revisión fiscal 462/56. María Tangassi de Pérez. 4 de diciembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.