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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 127
AVALUO CATASTRAL. DEBE SER GENERAL Y NO PARA CASOS AISLADOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Tercera Parte; Pág. 127
Aunque el artículo 37, fracción I, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal establece que la base del valor catastral se aplicará cuando el predio no sea objeto de arrendamiento, debe tomarse en cuenta que el artículo 66 del mismo ordenamiento preceptúa que todos los predios del Distrito Federal deberán ser valuados, y es un hecho notorio que no se ha dado cumplimiento a esa valuación general, puesto que tampoco se han dictado las correspondientes disposiciones administrativas y técnicas, ni se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal la resolución que señale el perímetro de la respectiva zona catastral, razones que impiden llevar a cabo la valuación de predios aislados, pues tal hecho implicaría repartir la carga tributaria en forma desproporcionada entre los predios que conservan la base anterior y los inmuebles que han sido recientemente revaluados.
Precedentes
Revisión fiscal 165/57. María Peter de Higelín. 11 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.