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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268897
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 74
AMPARO CONTRA UNA SENTENCIA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 74
La tesis jurisprudencial que establece que para que pueda prosperar el amparo contra una sentencia, es preciso demostrar que todos los fundamentos en que descansa son violatorios de la ley, sólo tiene aplicación cuando se omite, combatir algunas de las consideraciones fundamentales en que se apoya la sentencia reclamada, si tales consideraciones están encaminadas a la misma conclusión que otros razonamientos que la demanda de amparo si combate. Pero resulta claro que la mencionada jurisprudencia no es aplicable a los casos en que el quejoso consiente la resolución en cuanto al rechazamiento de una partida, y combate la propia resolución en cuanto atañe a otra partida diversa.
Precedentes
Amparo en revisión 3410/57. Impresora Comercial, S. A. 21 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.