Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/268915
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 149
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (SUELDOS Y SALARIOS).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 149
Las cantidades que de sus ingresos segrega una negociación para sueldos y salarios, evidentemente corresponden a gastos normales y propios de la empresa, carácter que no pierden las sumas concernientes porque una parte de ellas se retenga por la compañía para el pago del impuesto sobre la renta, en cédula IV, de sus empleados y trabajadores.
Precedentes
Revisión fiscal 273/52. México Tractor and Machinery Com pany, S. A. 25 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.