Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/268934
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 198
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION (INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO QUE REFORMA UN REGLAMENTO).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 198
El decreto expedido por el presidente de la República, que reforma diversos artículos de un reglamento, no puede equipararse a una ley, en virtud de que no emana del Poder Legislativo ni fue expedido por el Ejecutivo Federal en uso de facultades extraordinarias. Por tanto, debe sobreseerse en el amparo, aunque se impugne la inconstitucionalidad de ese decreto, si el quejoso dejó de promover en los términos que establece el artículo 5o., transitorio, del decreto de reformas a la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 8374/49. Compañía Mexicana de Aviación, S. A. 14 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.