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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 243
REGISTRO PUBLICO, NEGATIVA DE INSCRIPCIONES EN EL (AMPARO IMPROCEDENTE).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 243
Contra la negativa del director del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal, a registrar una escritura privada de compraventa de un inmueble, no procede el amparo si previamente no se agota el juicio previsto en el artículo 3013 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, mediante el cual puede obtenerse que se ordene al registrador la inscripción del contrato privado de que se trata.
Precedentes
Amparo en revisión 3853/57. Modesto Rivera Mata. 2 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.