Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/268994
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
268994
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 262

TRIBUNAL FISCAL. RECHAZAMIENTO DE DEMANDAS POR LOS MAGISTRADOS SEMANEROS. RECURSOS ORDINARIOS.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 262

Precedentes

Amparo en revisión 4889/57. Agustín Arnaiz Arreola. 30 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Registro digital (IUS): 268994