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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 268999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 9
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 9
Aun suponiendo ilegal el acto, ello no implica su inexistencia ni su ineficacia, así pueda ser meramente provisional su eficacia, en caso de que llegase a prosperar su impugnación legal, y de allí que el acto ilegal, no el ilícito, se convalide si lo consiente aquel a quién perjudica, lo cual acontece si no se le combate dentro de los términos otorgados para tal fin.
Precedentes
Amparo en revisión 326/57. Sociedad Cooperativa de Transportes Coatzacoalcos-Minatitlán, S. C. L. y coagraviados. 9 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.