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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 18
AUTOTRANSPORTES DE CARGA. PERMISOS PROVISIONALES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 18
Los permisos provisionales para explotar el servicio público de autotransportes de carga sólo pueden constituir una autorización para que se preste el servicio en el término indicado en los mismos, y al llegar a su término, ya no pueden engendrar derecho alguno. Por tanto, si la cooperativa quejosa, precisamente por el transcurso del tiempo, ya no goza del beneficio de esos permisos provisionales, el acto reclamado que desconoce la validez de los mismos, no le afecta en sus intereses jurídicos.
Precedentes
Amparo en revisión 238/56. Cooperativa de Autotransportes de Carga Insurgente Pedro Moreno, S. C. L. 18 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.