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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 220
TITULOS PROFESIONALES REGISTRADOS CON ANTERIORIDAD A LA LEY DE PROFESIONES.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Tercera Parte; Pág. 220
De acuerdo con el artículo 11, transitorio, de la ley orgánica de los artículos 4o. y 5o. constitucionales para el ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, los títulos profesionales expedidos hasta la fecha de éste ordenamiento legal y registrados ante las autoridades facultadas para ello, son válidos, sin que rija en su contra lo dispuesto por los artículos 9o. y 10o., transitorios, de la misma ley, por referirse a situaciones diversas en las que no se habían registrado dichos títulos.
Precedentes
Amparo en revisión 6744/56. Tomás Ramírez Hernández. 18 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.