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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269040
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 9
ACTO RECLAMADO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 9
Cuando los quejosos en un amparo reclaman el desposeimiento de que han sido víctimas y la autoridad responsable manifiesta en su informe justificado que ha realizado actos que implican o pueden implicar ese desposeimiento, deben tenerse por reconocidos los actos reclamados.
Precedentes
Amparo en revisión 6614/56. Carmen González Cosío de Urquiza y coagraviados. 22 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.