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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 9
AGRAVIOS EN LA REVISION FISCAL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 9
Si para que exista agravio es indispensable la violación de un precepto legal en perjuicio de la parte recurrente, debe concluirse que no se expresaron agravios si la lectura de los argumentos invocados por la recurrente obliga a concluir que no se menciona alguna disposición infringida en la sentencia.
Precedentes
Revisión fiscal 12/53. "Ingenio Amatitlan", S. A. 16 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.