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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 78
LIBROS Y REVISTAS. EXENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS EMPRESAS EDITORAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 78
La fracción VIII del artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre la Renta concede exención del impuesto a empresas que editan libros y revistas con fines culturales, pero no a las que lo hacen con una finalidad mercantil, pues claramente lo dice al exigir estos dos requisitos: primero, que la edición de libros y revistas sea con fines culturales, y segundo, que el sujeto sea el que los produzca, distribuya y venda.
Precedentes
Revisión fiscal 14/56. Carmen Ferrer Rodríguez. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.