Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269072
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 86
PETICION, DERECHO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Tercera Parte; Pág. 86
La circunstancia de que la situación jurídica relacionada con las peticiones de la quejosa se encuentra "subjudice", podrá influir en el sentido de la resolución que deba recaer, pero no justifica la violación del artículo 8o. constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 1764/57. Armería "La Liebre", S. A. 2 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 349, la tesis aparece bajo el rubro "PETICION, DERECHO DE.".